Cómo tramitar una herencia

Tras la muerte de un familiar, debemos comenzar una serie de trámites burocráticos, de los que no hemos preparado ningún documento al respecto. Tramitar una herencia de forma repentina, no es el ánimo del momento, sin embargo, es una cuestión ineludible, y cuanto más rápido comencemos, mejor.

De ser posible, asesórate con un abogado especialista en herencias. Puesto que, tramitar una herencia implica apegarse a la ley vigente. El proceso se debe realizar sin errores y respetando los plazos establecidos.

No olvides que, como cualquier otro trámite legal, recibir una herencia tiene un coste. Conocer el precio de tramitar una herencia antes de comenzar con el proceso, puede evitar una sorpresa desagradable. Pero no te preocupes, aquí te diremos todo lo que debes saber para cobrar una herencia.

Cómo tramitar una herencia

¿Qué es una herencia?

La herencia no es solo un papel firmado y notariado que dejo el difunto antes de su muerte, como solemos ver en las películas. Se denomina herencia, al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio o caudal hereditario de una persona a su fallecimiento.

Este caudal se verá reflejado en el inventario de bienes que dejo el difunto, junto a su correspondiente pasivo. Todos estos bienes se deben tramitar dentro de los primeros 6 meses, desde el momento de la desaparición física, pudiendo prorrogarse a un año en ciertos casos.

Cómo tramitar una herencia paso a paso

1.- Obtener los certificados

Al momento de tramitar una herencia, se necesitan varios documentos oficiales que tendrás que aportar durante el procedimiento. Los tiempos de expedición son distintos para cada uno, así que debes pedirlos lo antes posible para entregarlos a tiempo cuando te los requieran:

Certificado de Defunción. Debes solicitarlo en la sede del Registro Civil que corresponda al domicilio donde la persona haya fallecido, o puedes tramitarlo telemáticamente. Este se solicita pasadas las 24 horas del fallecimiento. Habitualmente, las empresas funerarias se encargan de este proceso.

Certificado de Últimas Voluntades. Puedes solicitarlo en las distintas oficinas de atención al público del Ministerio de Justicia o puedes gestionarlo online. Debes tramitarlo a los 15 días hábiles siguientes a la defunción, en la Gerencia del Ministerio correspondiente a su domicilio. Este certificado sirve para acreditar si el fallecido había otorgado testamento y ante qué notario.

Certificado de contratos de seguros. Con este documento podrás comprobar si el causante había suscrito algún seguro en caso de fallecimiento. Puede solicitarse 15 días desde el fallecimiento, de forma presencial, por correo o tramitarlo online. Los datos relativos a los seguros del causante serán eliminados de la base de datos trascurridos 5 años. Tras ese periodo no cabe reclamación posible.

2.- Copia autorizada del Testamento (si lo hubiere)

Con el Certificado de Últimas Voluntades se comprueba si el fallecido había otorgado testamento. Si es el caso, deberás pedir una copia autorizada del mismo en la notaría donde se realizó. Seguramente tendrás que aportar también los Certificados de Defunción y de Últimas Voluntades.

El único testamento valido será el de fecha más reciente. En este aparecerán las personas a las que el fallecido ha nombrado herederos y en qué proporción.

¿Como tramitar herencia sin testamento?

De no existir un testamento para tramitar una herencia, lo interesados deberán proceder con la llamada declaración de herederos ante el Notario, acreditando el parentesco con el causante. Este documento, se debe gestionar en una notaría de su lugar de residencia o fallecimiento.

Si eres el único familiar directo del fallecido, acude al notario con dos testigos que puedan acreditar tu parentesco y que confirmen que no existen otros familiares más próximos. Si no eres familiar directo, deberás realizar este trámite en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.

Igualmente, deberás aportar los documentos que te indiquen (certificado de defunción, últimas voluntades, etc.).

Las personas que pueden instar la declaración de herederos son: los descendientes, ascendientes, el cónyuge, la pareja de hecho, los parientes colaterales y cualquier persona con interés legítimo, a juicio del Notario.

3.- Inventario de los bienes

Bienes en una herencia

El siguiente paso en la tramitación herencia es elaborar el inventario de los bienes del causante, para determinar los bienes, derechos y deudas que deja el fallecido, de cara a su reparto según lo establecido en el Código Civil.

Si hay bienes inmuebles, será obligatorio firmar ante el Notario la herencia, si tu intención es registrar la herencia en el Registro de la Propiedad. Deberás aportar los certificados de catastro, certificados de saldos bancarios y demás documentos acreditativos de derechos y obligaciones.

En caso de no existir bienes inmuebles, no es necesaria acudir al Notario. Con un cuaderno particional privado sería suficiente para repartir la herencia y pagar los correspondientes impuestos.

Este inventario, debe llevarse a cabo de la forma más rigurosa y detallada posible, procurando no cometer errores u olvidos que puedan arrastrarse a las siguientes fases y puedan ser fuente de conflictos futuros.

4.- Adjudicación de los bienes

Ahora vendrá el reparto de los bienes, derechos y deudas, definidos en la fase de inventario, entre los distintos herederos. En caso de existir vehículos, se deber hacer una transferencia del mismo ante la dirección general de tráfico.

5.- Pago del Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) debe pagarse en un plazo máximo de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga dentro de los 5 primeros meses para otros 6 meses más. En este último caso, se devengarán intereses de demora hasta el día de liquidación del impuesto.

El impuesto se paga en la Comunidad Autónoma donde el causante tenía su domicilio habitual durante los últimos 5 años.

Igualmente, en el caso de herencia de bienes inmuebles, deberás abonar, dentro de los 6 primeros meses, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o “Plusvalía”) ante el ayuntamiento donde se encuentre ubicado el bien inmueble que se está heredando.

6.- Partición de la herencia

Es importante presentar toda la documentación de haber liquidado los impuestos para que se liberen los bienes y se puedan repartir en la proporción que le han sido adjudicados. Este reparto quedará plasmado en el llamado “cuaderno particional”.

Si entre las partes existe un desacuerdo sobre el reparto, es recomendable consultar a un abogado para asegurar que se respeten los derechos a todos los herederos.

Documentos necesarios para tramitar una herencia

Documentos para tramitar una herencia

Durante el proceso de gestionar la herencia se deben tener al alcance de la mano los siguientes documentos:

  • Fotocopia del DNI de los herederos y del causante fallecido.
  • Certificado de matrimonio.
  • Copia de las escrituras del inmueble a heredar (si lo hubiera).
  • Certificado Bancario original.
  • Documentos de los vehículos.
  • Fotocopia de las escrituras de las viviendas a heredar (Escritura de compra o herencia, si la hubiere)
  • Impuesto de sucesiones pagado (Modelo 660-650)
  • Impuesto de plusvalía pagado (de ser necesario).
  • Inscripción catastral (de ser necesario)
  • Inscripción en el registro de la propiedad (de ser necesario).

 Además, en caso de sucesión intestada, se necesitarán:

  • Certificados de nacimiento de los herederos.
  • Certificados de matrimonio.
  • Libro de familia (si los hubiera).
  • Acta Declaración de declaración de heredero.

Algunos documentos los puedes obtener en:

Banco o Caja. El certificado donde conste el dinero que tenía el difunto en cuentas y otros activos financieros, o si tenía algún crédito o hipoteca.

Catastro. El listado de las fincas rústicas y viviendas a nombre del fallecido, que tendrá que completarse con las escrituras de propiedad y notas simples registrales que se obtienen en el Registro de la Propiedad.

Tráfico. Los datos de los vehículos.

Registro de Maquinaria Agrícola. Los datos de la maquinaria a nombre del fallecido.

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?

El precio exacto de tramitar una herencia no se puede calcular con precisión antes de comenzar la gestión. Pero, podemos decirte que el rango de precio oscila entre los 3.000 y más de 15.000 euros.

Para conocer exactamente el costo, debemos analizar todos los gastos que conlleva este trámite: Impuestos, Notaría, Gestoría, Abogados, Registro de la propiedad, Tasas y certificados.

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