Tramitar baja por paternidad
Ahora, que se aproxima un gran momento que cambiará tu vida, necesitas saber cómo tramitar la baja por paternidad. Si vas a ser padre, a adoptar o acoger a un menor, puedes acogerte a la baja por paternidad o baja paternal, de la que os vamos a hablar a continuación.
Se trata de un periodo de reposo laboral, que en realidad te toca por ley. A partir del 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad fue ampliado a 12 semanas y la medida de ampliación progresiva prevé llegar a las 16 semanas en 2021.
"Te contamos cómo solicitar el permiso de paternidad, periodos del permiso, documentos y requisitos que hay que cumplir para tramitar baja por paternidad"
Los padres que estén afiliados y dados de alta en la Seguridad Social podrán solicitar esta prestación que cubre el 100% de la base reguladora, es decir, cobrarás el salario completo.
¿Quién puede tramitar la baja de paternidad?
La baja por paternidad es un derecho para cualquier trabajador por cuenta ajena, funcionario o autónomo. Estos recibirán el subsidio correspondiente en el régimen general o especial de la Seguridad Social.
Es decir, estarás cobrando un sueldo durante todos los días de suspensión del contrato de trabajo. Puedes disfrutar de este derecho en los casos de nacimiento de un hijo, adopciones o acogimiento.
Incluso, si tu hijo nace en el extranjero y la madre vive en otro país fuera de España, tienes derecho a disfrutar de la baja por paternidad.
Requisitos para solicitar el permiso de paternidad
Si eres padre reciente o estás próximo a serlo, y te encuentras cotizando en la Seguridad Social podrás acogerte baja paternidad. Solo debes cumplir los siguientes requisitos:
- Estar dados de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado durante al menos 180 días durante los 7 años anteriores al comienzo del permiso o al menos 360 días en toda la vida laboral.
Documentación necesaria
- Original y fotocopia del DNI.
- Certificado de nacimiento del bebé.
- Última nómina.
- Certificado de empresa.
- Libro de familia (original y fotocopia) actualizado con el registro del bebé o certificado literal de nacimiento o bien la resolución judicial o administrativa si se trata de una adopción o acogimiento.
- Número de cuenta donde se depositará la retribución.
¿Cómo tramitar la baja de paternidad?
La baja paternal, al igual que otros trámites de ayuda pública, se puede solicitar directamente en cualquiera de los Centros de Atención e Información de Seguridad Social o a través de Internet con el certificado digital, DNIe o Cl@ve.
Solicitud de la baja de paternidad de forma presencial
El primer paso es dirigirte a tu lugar de trabajo y pide un certificado de baja para el padre. En el mismo, deberá aparecer el sueldo de la última nómina, para que así la Seguridad Social calcule la retribución que te corresponde.
Al nacer el niño, dirígete a cualquier oficina de la Seguridad Social y rellenar el Modelo solicitud prestación de paternidad. Junto al modelo, es necesario presentar la documentación correspondiente.
Solicitud de la baja de paternidad online
Al pedir la baja paternal en forma telemática, ahorras tiempo, evitas colas y puedes hacer la solicitud en cualquier momento del día sin restricción de horarios.
Entra al portal de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y accede directamente con tu certificado digital, DNI electrónico o con Cl@ve.
Si aún no cuentas con alguno de estos sistemas, regístrate y sigue las instrucciones para generar tu Cl@ve, o puedes consultar nuestro tutorial para obtener el Certificado Digital.
Una vez que hayas accedido, sigue estos 6 pasos:
- Desplázate hasta el apartado “Familia”.
- Pincha sobre el botón “Simular tu prestación”.
- Rellena la información solicitada a la izquierda de la pantalla: tipo de solicitud, fecha de nacimiento e inicio de descanso. Escoge calcular la prestación paternidad y declara si es un nacimiento, adopción, acogimiento, tutela o guarda con fines de adopción.
- Seguidamente pincha el botón “Simular”.
- El portal te mostrará la información relativa a la prestación como el número de días de baja que te corresponden y la cuantía.
- Si es correcto y estás de acuerdo presiona en “Pedir prestación”.
Cuando la Seguridad Social apruebe la prestación, enviará una comunicación de aviso por correo postal al beneficiario.
Periodos del permiso por paternidad
Inmediatamente después del parto o adopción, te otorgarán aproximadamente 3 meses de descanso, de los cuales deberás coger las cuatro primeras semanas obligatoriamente. Las ocho semanas de descanso restantes, las podrá disfrutar de forma consecutiva o repartirlas a lo largo del primer año de vida del bebé.
En caso de permisos de paternidad por adopción o acogimiento, se dispondrá de un periodo de suspensión de ocho semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después de la resolución judicial.
El permiso de paternidad es un derecho del trabajador, que anteriormente no era obligatorio, pero con el nuevo decreto ley es obligatorio disfrutar la pausa laboral. De esta manera tendrás la oportunidad de fortalecer el vínculo con tu hijo durante el primer periodo de su vida.
Este permiso de paternidad de 12 semanas, es intransferible, y no podrá ser cedido a la madre.
Igualdad de permisos de maternidad y paternidad en 2021
Con la entrada en vigor del Decreto Ley de Medidas Urgentes Para La Igualdad, del 1 de abril de 2019, se busca equiparar los permisos de paternidad y de maternidad hasta hacerlos igualitarios. La medida recoge una ampliación progresiva hasta llegar a las 16 semanas en 2021 para ambos padres por igual.
Es decir, a partir del 1 de enero de 2021, ambos progenitores disfrutarán de permisos retribuidos en total igualdad de condiciones. Donde, las primeras seis semanas serán de descanso obligatorio para ambos padres, tras el nacimiento del bebé o la adopción y las otras diez semanas podrán distribuirse a conveniencia, durante los siguientes diez meses y medio.
Otro punto importante a saber, es que las seis primeras semanas de permiso de paternidad se podrán disfrutar a jornada completa. El resto de la baja paternal y maternal, se podrán distribuir a conveniencia como jornada completa o parcial (previo pacto con la empresa a una jornada reducida), durante el primer año de vida del bebé o adopción del niño.
De esta forma, podrás trabajar a media jornada y disfrutar del permiso el resto del día, por un periodo mayor de tiempo.
A diferencia de los anteriores permisos, la madre podía transferir semanas de permiso al padre, pero con la nueva ley no se permitirá ceder semanas de permiso. Por otro lado, si ambos progenitores disfrutan de forma igualitaria de los permisos, podrán ampliar una semana más los descansos.
El objetivo de este Decreto de Ley es lograr un reparto de tareas igualitario de los progenitores en beneficio del niño. En cuanto al cobro, tanto la baja paternal, como la maternal serán retribuidas al 100%, a partir de 2021.
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